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LAS TREINTA Y NUEVE ARTÍCULOS DE LA IGLESIA ANGLICANA.
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TABLA DE CONTENIDO
1. De la Fe en la Santísima Trinidad.
2. Del Verbo, o del Hijo de Dios, que fue hecho verdadero Hombre.
3. Del descenso de Cristo a los Infiernos.
4. De la Resurrección de Cristo.
5. Del Espíritu Santo.
6. De la Suficiencia de las Sagradas Escrituras para la Salvación.
7. Del Antiguo Testamento.
8. De los Credos.
9. Del Pecado Original o de Nacimiento.
10. Del Libre Albedrío.
11. De la Justificación del Hombre.
12. De las buenas Obras.
13. De las Obras antes de la Justificación.
14. De las Obras de Supererogación
15. De Cristo, el único sin pecado.
16 Del Pecado después del Bautismo.
17. De la Predestinación y Elección.
18. De obtener la Salvación Eterna solamente por el Nombre de Cristo.
19. De la Iglesia.
20. De la Autoridad de la Iglesia.
21. De la Autoridad de los Concilios Generales.
22. Del Purgatorio.
23. Del Ministerio en la Congregación.
24. Del lenguaje en la congregación en un idioma que entienda el
Pueblo.
25. De los Sacramentos.
26. Que la Indignidad de los Ministros no impide el efecto de los Sacramentos.
27. Del Bautismo.
28. De la Cena del Señor.
29. De los impíos; que no comen el Cuerpo de Cristo al participar
de la Cena del Señor.
30. De las dos Especies.
31. De la única oblación de Cristo consumada en la Cruz.
32. Del Matrimonio de los Presbíteros.
33. Como deben evitarse las Personas excomulgadas.
34. De las Tradiciones de la Iglesia.
35. De las Homilías.
36. De la Consagración de los Obispos y Ministros.
37. Del poder de los Magistrados Civiles.
38. Que los bienes de los Cristianos no son comunes.
39. Del juramento del Cristiano.
ARTÍCULOS DE LA RELIGIÓN.
1. De la Fe en la Santísima Trinidad.
Hay un solo Dios vivo y verdadero, eterno, sin cuerpo, partes o pasiones;
de infinito poder, sabiduría y bondad; el Creador y Conservador
de todas las cosas, así visibles como invisibles. Y en la unidad
de esta Naturaleza Divina hay Tres Personas de una misma substancia, poder
y eternidad; el Padre, el Hijo y el Espíritu Santo.
2. Del Verbo, o del Hijo de Dios, que fue hecho verdadero Hombre.
El Hijo que es el Verbo del Padre, engendrado del Padre desde la eternidad,
el verdadero y eterno Dios, consubstancial al Padre, tomó la naturaleza
Humana en el seno de la Bienaventurada Virgen, de su substancia; de modo
que las dos naturalezas enteras y perfectas, esto es, Divina y Humana,
se unieron juntamente en una Persona, para no ser jamás separadas,
de lo que resultó un solo Cristo, verdadero Dios y verdadero Hombre;
que verdaderamente padeció, fue crucificado, muerto y sepultado,
para reconciliarnos con su Padre, y para ser sacrificio, no solamente
por la culpa original, sino también por todos los pecados actuales
de los hombres.
3. Del descenso de Cristo a los Infiernos.
Como Cristo murió por nosotros, y fue sepultado, también
debemos creer que descendió a los Infiernos.
4. De la Resurrección de Cristo.
Cristo resucitó verdaderamente de entre los muertos, y tomó
de nuevo su cuerpo, con carne, huesos y todas las cosas que pertenecen
a la integridad de la naturaleza humana; la que subió al Cielo,
y allí está sentado, hasta que vuelva a juzgar a todos lo
Hombres en el último día.
5. Del Espíritu Santo.
El Espíritu Santo, procede del Padre y del Hijo, es de una misma
substancia, Majestad, y Gloria, con el Padre, y con el Hijo, Verdadero
y Eterno Dios.
6. De la Suficiencia de las Sagradas Escrituras para la Salvación.
La Escritura Santa contiene todas las cosas necesarias para la Salvación:
de modo que cualquiera cosa que no se lee en ellas, ni con ellas se prueba,
no debe exigirse de hombre alguno que la crea como artículo de
Fe, ni debe ser tenida por requisito necesario para la Salvación.
Bajo el nombre de Escritura Santa entendemos aquellos Libros Canónicos
del Antiguo y Nuevo Testamento. De cuya autoridad nunca hubo duda alguna
en la Iglesia.
De los Nombres y Números de los Libros Canónicos.
Génesis, Éxodo Levítico, Números, Deuteronomio,
Josué, Jueces, Rut, 1 Samuel, 2 Samuel, 1 Reyes, 2 Reyes, 1 Crónicas,
2 Crónicas, Esdras, Nehemías, Ester, Job, Salmos, Proverbios,
Eclesiastés, Cantares, Isaías, Jeremías, Lamentaciones,
Ezequiel, Daniel, Oseas, Joel, Amós, Abdías, Jonás,
Miqueas, Nahum, Habacuc, Sofonías, Hageo, Zacarías, Malaquías,,
Los otros Libros (como dice San Gerónimo), los lee la Iglesia para
ejemplo de vida e instrucción de las costumbres; mas ella, no obstante
no los aplica para establecer doctrina alguna; y tales son los siguientes;
3 Esdras, 4 Esdras, Tobías, Judit, El Resto de Libro de Ester,
Sabiduría, Jesús el Hijo de Sirac, Baruc el Profeta, Mancebos,
Susana, Bel y el Dragón. Manasés, 1 Macabéos, 2 Macabéos.
Recibimos y contamos por Canónicos todos los Libros del Nuevo Testamento,
según son recibidos comúnmente.
7. Del Antiguo Testamento.
El Antiguo Testamento no es contrario al Nuevo; puesto que en ambos, Antiguo
y Nuevo, se ofrece vida eterna al género humano por Cristo, que
es el solo Mediador entre Dios y el hombre, siendo Él, Dios y Hombre.
Por lo cual no deben escucharse los que se imaginan que los antiguos Patriarcas
solamente tenían su esperanza puesta en promesas temporales. Aunque
la Ley de Dios dada por medio de Moisés, en lo tocante a Ceremonias
y Ritos no obliga a los Cristianos, ni deben necesariamente recibirse
sus preceptos Civiles en ningún Estado, no obstante, no hay Cristiano
alguno que esté exento de la obediencia a los Mandamientos que
se llaman Morales.
8. De los Credos.
El Credo Niceno y el comúnmente llamado de los Apóstoles,
deben recibirse y creerse enteramente, porque pueden probarse con los
testimonios de las Santas Escrituras.
9. Del Pecado Original o de Nacimiento.
El Pecado Original no consiste como vanamente propalan los Pelagianos,
en la imitación de Adán, sino que es el vicio y corrupción
de la Naturaleza de todo hombre que es engendrado naturalmente de la estirpe
de Adán; por esto el hombre dista muchísimo de la justicia
original, y es por su misma naturaleza inclinado al mal, de suerte que
la carne codicia siempre contra el espíritu; y por lo tanto el
pecado original en toda persona que nace en este mundo, merece la ira
y la condenación de Dios, Esta infección de la naturaleza
permanece también en los que son regenerados; por lo cual la concupiscencia
de la carne (llamada en griego phronema sarkos, que unos interpretan la
sabiduría, otros la sensualidad, algunos afección, y otros
el deseo de la carne) no se sujeta a la Ley de Dios. Y aunque no hay condenación
alguna para los que creen y son bautizados, todavía el Apóstol
confiesa que la concupiscencia y mala inclinación tienen de sí
misma naturaleza de pecado.
10. Del Libre Albedrío.
La condición del Hombre después de la caída de Adán
es tal, que ni puede convertirse, ni prepararse con su fuerza natural
y buenas obras, a la Fe e Invocación de Dios. Por lo tanto no tenemos
poder para hacer buenas obras gratas y aceptables a Dios, sin que la Gracia
de Dios por Cristo nos prevenga, para que tengamos buena voluntad, y obre
con nosotros, cuando tenemos esa buena voluntad.
11. De la Justificación del Hombre.
Somos reputados justos delante de Dios solamente por el mérito
de nuestro Señor y Salvador Jesucristo, por la Fe, y no por nuestras
obras o merecimientos. Por lo cual, que nosotros somos justificados por
la Fe solamente, es Doctrina muy saludable y muy llena de consuelo, como
mas ampliamente se expresa en la Homilía de la Justificación.
12. De las buenas Obras.
Aunque las Buenas Obras, que son fruto de la Fe y siguen a la Justificación,
no puedan expiar nuestros pecados, ni soportar la severidad del Juicio
Divino; son, no obstante, agradables y aceptas a Dios en Cristo y nacen
necesariamente de una verdadera viva Fe; de manera que por ellas puede
conocerse la Fe viva tan evidentemente, como se juzga del árbol
por su fruto.
13. De las Obras antes de la Justificación.
Las obras hechas antes de la gracia de Cristo, y de la Inspiración
de su Espíritu, no son agradables a Dios, porque no nacen de la
Fe en Jesucristo, ni hacen a los hombres dignos de recibir la Gracia,
ni (en lenguaje escolástico) merecen de congruo la Gracia; antes
bien porque no son hechas como Dios ha querido y mandado que se hagan,
no dudamos que tengan naturaleza de pecado.
14. De las Obras de Supererogación
Obras voluntarias no comprendidas en los Mandamientos Divinos, llamadas
Obras de Supererogación, no pueden enseñarse sin arrogancia
e impiedad; porque por ellas declaran los hombres que no solamente rinden
a Dios todo cuanto están obligados a hacer, sino que por su causa
hacen más de lo que por deber riguroso les es requerido; siendo
así que Cristo claramente dice; cuando hubiereis hecho todas las
cosas que os están mandadas, decid: Siervos inútiles somos.
15. De Cristo, el único sin pecado.
Cristo en la realidad de nuestra naturaleza fue hecho semejante a nosotros
en todas las cosas, excepto en el pecado, del cual fue enteramente exento
tanto en su carne, como en su Espíritu. Vino para ser el Cordero
sin mancha, que por el sacrificio de sí mismo una vez hecho, quitase
los pecados del mundo. Y no hubo pecado en Él, como dice San Juan.
Pero nosotros los demás hombres, aunque bautizados, y nacidos de
nuevo en Cristo, con todo eso ofendemos en muchas cosas y; si decimos
que no tenemos pecado nos engañamos a nosotros mismos, y la verdad
no está en nosotros.
16 Del Pecado después del Bautismo.
No todo pecado mortal, voluntariamente cometido después del Bautismo,
es pecado contra el Espíritu Santo, e irremisible. Por lo cual
a los caídos en pecado después del Bautismo no debe negarse
la gracia del arrepentimiento. Después de haber recibido el Espíritu
Santo, nos podemos apartar de la gracia recibida, y caer en pecado, y
por la Gracia de Dios de nuevo levantarnos y enmendar nuestras vidas.
Y por lo tanto debe condenarse a los que dicen, que ya no pueden volver
a pecar mientras vivan, o niegan el poder ser perdonados a los que verdaderamente
se arrepientan.
17. De la Predestinación y Elección.
La Predestinación a la Vida es el eterno Propósito de Dios,
(antes que fuesen echados los cimientos de Mundo), quien por su invariable
consejo, a nosotros oculto, decretó librar de maldición
y condenación a los que eligió en Cristo de entre todos
los hombres, y conducirles por Cristo a la Salvación eterna, como
a vasos hechos para honor. Por lo cual, los que son agraciados con un
beneficio tan excelente de Dios, son llamados según el propósito
por su Espíritu que obra en debido tiempo: por la Gracia obedecen
a la vocación; son justificados gratuitamente; son hechos hijos
de Dios por Adopción, son Hechos conforme a la imagen de su Unigénito
Hijo Jesucristo; viven religiosamente en buenas obras, y finalmente llegan
por la misericordia de Dios a la eterna felicidad.
Como la consideración piadosa de la Predestinación y de
nuestra Elección en Cristo, está llena de un dulce, suave
e inefable consuelo para las personas piadosas, y que sienten en sí
mismas la operación del Espíritu de Cristo, que va mortificando
las obras de la carne y sus miembros mortales, y levantando su ánimo
a las cosas elevadas y celestiales, no solo porque establece y confirma
grandemente su fe en la Salvación eterna que han de gozar por medio
de Cristo, sino por que enciende fervientemente su amor hacia Dios; y
así, para las personas curiosas y carnales, destituidas del Espíritu
de Cristo, el tener continuamente delante de sus ojos la sentencia de
la predestinación Divina, es un precipicio muy peligroso, por el
cual el diablo les impele a la desesperación, o al abandono a la
vida más impura, no menos peligrosa que la desesperación.
Además debemos recibir las promesas de Dios del modo que nos son
generalmente propuestas en la Escritura Santa; y en nuestros hechos seguir
aquella Divina Voluntad, que tenemos expresamente declarada en la Palabra
de Dios.18. De obtener la Salvación Eterna solamente por el Nombre
de Cristo.
Deben asimismo ser anatematizados los que se atreven decir, que todo hombre
será salvo por la Ley o la Secta que profesa, con tal que sea diligente
en conformar su vida con aquella Ley, y con la Luz de la Naturaleza. Porque
la Escritura Santa nos propone solamente el Nombre de Jesucristo, por
medio del cual únicamente han de salvarse los hombres.
19. De la Iglesia.
La Iglesia visible de Cristo es una Congregación de hombres fieles,
en la cual se predica la pura Palabra de Dios, y se administran debidamente
los Sacramentos conforme a la institución de Cristo, en todas las
cosas que por necesidad se requieren para los mismos.
Como la Iglesia de Jerusalén de Alejandría y de Antioquía
erraron, así también ha errado la Iglesia de Roma, no solo
en cuanto a la vida y las Ceremonias, sino también en materias
de Fe.
20. De la Autoridad de la Iglesia.
La Iglesia tiene poder para decretar Ritos o Ceremonias y autoridad en
las controversias de Fe; Sin embargo, no es lícito a la Iglesia
ordenar cosa alguna contraria a la Palabra Divina escrita, ni puede exponer
un lugar de la Escritura de modo que contradiga a otro. Por lo cual, aunque
la Iglesia sea Testigo y Custodio de los Libros Santos, sin embargo, así
como no es lícito decretar nada contra ellos, igualmente no debe
presentar cosa alguna que no se halle en ellos, para que sea creída
como de necesidad para la salvación.
21. De la Autoridad de los Concilios Generales.
[El Artículo Vigésimoprimero de los Artículos antiguos
se omite por tener una naturaleza local y civil, y se sustituye en las
demás partes, de los otros Artículos.]
22. Del Purgatorio.
La doctrina Romana concerniente al Purgatorio, Indulgencias, Veneración
y Adoración, así de Imágenes como de Reliquias, y
la Invocación de los Santos, es una cosa tan fútil como
vanamente inventada, que no se funda sobre ningún testimonio de
las Escrituras, antes bien repugna a la Palabra de Dios.
23. Del Ministerio en la Congregación.
No es lícito a hombre alguno tomar sobre sí el oficio de
la Predicación pública, o de la Administración de
los Sacramentos en la Congregación, sin ser antes legítimamente
llamado, y enviado a ejecutarlo. Y a estos debemos juzgarlos legalmente
escogidos y llamados a esa obra por los hombres que tienen autoridad pública,
concedida en la Congregación, para llamar y enviar Ministros a
la Viña del Señor.
24. Del lenguaje en la congregación en un idioma que entienda
el Pueblo.
El Decir Oraciones públicas en la Iglesia, o administrar los Sacramentos
en lengua que el pueblo no entiende, es una cosa claramente repugnante
a la Palabra de Dios y a la costumbre de la Iglesia primitiva.
25. De los Sacramentos.
Los Sacramentos instituidos por Cristo, no solamente son señales
de la Profesión de los Cristianos, sino más bien unos testimonios
ciertos, y signos eficaces de la gracia y buena voluntad de Dios hacia
nosotros por los cuales obra Él invisiblemente en nosotros y no
solo aviva, mas también fortalece y confirma nuestra fe en Él.
Dos son los Sacramentos ordenados por nuestro Señor Jesucristo
en el Evangelio, a saber, el Bautismo y la Cena del Señor.
Los otros cinco que comúnmente se llaman Sacramentos; la Confirmación,
la Penitencia, las Órdenes, el Matrimonio, y la Extremaunción,
no deben reputarse como Sacramentos del Evangelio, habiendo emanado, en
parte, de una imitación pervertida de los Apóstoles, y en
parte son estados de la vida aprobados en las Escrituras; pero que no
tienen la esencia de Sacramentos, semejante al Bautismo y a la Cena del
Señor, por que carecen de signo alguno visible, o ceremonia ordenada
de Dios.
Los Sacramentos no fueron instituidos por Cristo para ser contemplados,
o llevados en procesión, sino para que hagamos debidamente uso
de ellos. Y sólo en aquellos que los reciben dignamente producen
ellos el efecto saludable, pero los que indignamente los reciben, se adquieren
para sí mismos, como dice San Pablo, condenación.
26. Que la Indignidad de los Ministros no impide el efecto de
los Sacramentos.
Aunque en la Iglesia visible los malos están siempre mezclados
con los buenos, y algunas veces los malos obtienen autoridad superior
en el Ministerio de la Palabra y de los Sacramentos, no obstante, como
no lo hacen en su propio nombre, sino en el de Cristo, ni ministran por
medio de su comisión y autoridad; aprovechamos su ministerio, oyendo
la Palabra de Dios y recibiendo los Sacramentos. Ni el efecto de la Institución
de Cristo se frustra por su iniquidad, ni la gracia de los dones divinos
se disminuye con respecto a los que rectamente y con Fe reciben los Sacramentos
que se les ministran; los que son eficaces, aunque sean ministrados por
los malos, a causa de la institución y promesa de Cristo.
Pertenece, empero, a la disciplina de la Iglesia el que se inquiera sobre
los malos Ministros, que sean acusados por los que tengan conocimiento
de sus crímenes; y que hallados finalmente culpables, sean depuestos
por sentencia justa.
27. Del Bautismo.
El Bautismo no es solamente un signo de la profesión y una nota
de distinción, por la que se identifican los Cristianos de los
no bautizados; sino también es un signo de la Regeneración
o Renacimiento, por el cual, como por instrumento, los que reciben rectamente
el Bautismo son injertos en la Iglesia; las promesas de la remisión
de los pecados, y la de nuestra Adopción como Hijos de Dios por
medio del Espíritu Santo, son visiblemente señaladas y selladas;
la Fe es confirmada, y la Gracia, por virtud de la oración a Dios,
aumentada.
El Bautismo de los niños, como más conforme con la institución
de Cristo, debe conservarse enteramente en la Iglesia.
28. De la Cena del Señor.
La Cena del Señor no es solamente signo del amor mutuo de los Cristianos
entre sí; sino más bien un Sacramento de nuestra Redención
por la muerte de Cristo; de modo que para los que recta, dignamente y
con Fe la reciben, el Pan que partimos es participación del Cuerpo
de Cristo; y del mismo modo la Copa de Bendición es participación
de la Sangre de Cristo.
La Transubstanciación (o el cambio de la substancia del Pan y del
Vino), en la Cena del Señor, no puede probarse por las Santas Escrituras;
antes bien repugna a las palabras terminantes de los Libros Sagrados,
trastorna la naturaleza del Sacramento, y ha dado ocasión a muchas
supersticiones.
El Cuerpo de Cristo se da, se toma, y se come en la Cena de un modo celestial
y espiritual únicamente; y el medio por el cual el Cuerpo de Cristo
se recibe y se come en la Cena, es la Fe. El Sacramento de la Cena del
Señor ni se reservaba, ni se llevaba en procesión, ni se
elevaba, ni se adoraba, en virtud de mandamiento de Cristo.
29. De los impíos; que no comen el Cuerpo de Cristo al
participar de la Cena del Señor.
Los Impíos, y los que no tienen Fe viva, aunque compriman carnal
y visiblemente con sus dientes, como dice San Agustín, el Sacramento
del Cuerpo y de la Sangre de Cristo, no por eso son en manera alguna participantes
de Cristo; antes bien, comen y beben para su condenación el Signo
o Sacramento de una cosa tan importante.
30. De las dos Especies.
El Cáliz del Señor no debe negarse a los laicos; puesto
que ambas partes del Sacramento del Señor, debe ministrarse igualmente
a todos los Cristianos por ordenanza y mandato de Cristo.
Tabla de contenido
31. De la única oblación de Cristo consumada en
la Cruz.
La Oblación de Cristo una vez hecha, es la perfecta Redención,
Propiciación y Satisfacción por todos lo pecados de todo
el mundo, así originales como actuales; y ninguna otra Satisfacción
hay por los pecados, sino ésta únicamente. Y así
los Sacrificios de las misas, en los que se dice comúnmente que
el Presbítero ofrece a Cristo en remisión de la pena o culpa
por los vivos y por los muertos, son fábulas blasfemas, y engaños
peligrosos.
32. Del Matrimonio de los Presbíteros.
Ningún precepto de la Ley Divina manda a los Obispos, Presbíteros
y Diáconos vivir en el estado del Celibato, o abstenerse del Matrimonio;
es lícito, lo mismo que a los demás Cristianos, contraer
a su discreción el estado del Matrimonio, si creyeren que así
les conviene mejor para la piedad.
33. Como deben evitarse las Personas excomulgadas.
La persona que, por una denuncia pública de la Iglesia, se ha separado
de la Unidad de la misma y ha sido debidamente excomulgada, se debe considerar
por todos lo fieles como si fuese un Pagano y un Publicano, mientras que
por medio del arrepentimiento no se reconcilie públicamente con
la Iglesia y sea recibida por un Juez debidamente autorizado.
34. De las Tradiciones de la Iglesia.
No es necesario que las Tradiciones y Ceremonias sean en todo lugar las
mismas o totalmente parecidas; porque en todos los tiempos fueron diversas,
y pueden mudarse según la diversidad de países, tiempos
y costumbres, con tal que en ellas nada se establezca contrario a la Palabra
de Dios.
Cualquiera que por su juicio privado voluntariamente y de intento quebranta
manifiestamente las Tradiciones y Ceremonias de la Iglesia, que no son
contrarias a la Palabra de Dios, y que están ordenadas y aprobadas
por la Autoridad pública, debe para que teman otros hacer lo mismo,
ser públicamente reprendido como perturbador del orden común
de la Iglesia, como ofensor de la autoridad del Magistrado, y como quien
vulnera las conciencias de los hermanos débiles.
Toda Iglesia particular o nacional tiene facultad para instituir, mudar
abrogar las ceremonias o ritos eclesiásticos instituidos únicamente
por la autoridad humana, con tal que todo se haga para edificación.
35. De las Homilías.
El segundo Tomo de las Homilías, cuyos títulos hemos reunido
al pie de este Artículo, contiene una Doctrina piadosa, saludable
y necesaria para estos tiempos, e igualmente, el primer Tomo de las Homilías
publicadas en tiempo de Eduardo Sexto; y por lo tanto juzgamos que deben
ser leídas por los Ministros clara y diligentemente en las Iglesias,
para que el Pueblo las entienda.
Nombres de las homilías.
1. Del recto uso de la Iglesia. 2. Contra el peligro de la Idolatría.
3. De la reparación, y aseo de las Iglesias. 4. De las buenas obras;
y del Ayuno en primer lugar. 5. Contra la Glotonería, y Embriaguez.
6. Contra el Lujo excesivo de Vestido. 7. De la Oración. 8. Del
Lugar y Tiempo de la Oración. 9. Que las oraciones Comunes y los
Sacramentos deben celebrarse, y administrase en lengua conocida. 10. De
la respetuosa veneración de la Palabra de Dios. 11. Del hacer limosnas.
12. De la Natividad de Cristo. 13. De la Pasión de Cristo. 14.
De la Resurrección de Cristo. 15. De la digna Recepción
del Sacramento del Cuerpo y de la Sangre de Cristo. 16. De los Dones del
Espíritu Santo. 17. Para los días de Rogativa. 18. Del Estado
de Matrimonio. 19. Del Arrepentimiento. 20. Contra la Ociosidad. 21. Contra
la Rebelión.
36. De la Consagración de los Obispos y Ministros.
El Libro de la consagración de los Obispos, y de la ordenación
de los Presbíteros y Diáconos, según está
declarado por la Convención General de esta Iglesia en 1792, contiene
todas las cosas necesarias a tal Consagración y Ordenación,
no contiene cosa alguna que sea en sí supersticiosa o impía.
Y, por tanto, cualquiera que sea consagrado u ordenado según dicha
Forma, decretamos que está justa, regular y legalmente consagrado
y ordenado.
37. Del poder de los Magistrados Civiles.
El Poder del Magistrado Civil se extiende a todos los hombres, clérigos
y laicos, en todas las cosas temporales; mas no tiene autoridad alguna
en las cosas puramente espirituales. Y mantenemos que es el deber de todos
los hombres que profesan el Evangelio, obedecer respetuosamente a la autoridad
civil regular y legalmente constituida.
38. Que los bienes de los Cristianos no son comunes.
Las riquezas y los bienes de los Cristianos no son comunes en cuanto al
derecho, título y posesión, como falsamente se jactan ciertos
Anabaptistas.
Pero todos deben dar liberalmente limosnas a los pobres de lo que poseen
y según sus posibilidades.
39. Del juramento del Cristiano.
Así como confesamos estar prohibido a los Cristianos por nuestro
Señor Jesucristo, y por su Apóstol Santiago, el juramento
vano y temerario; también juzgamos que la Religión Cristiana
de ningún modo prohibe que uno jure cuando lo exige el Magistrado
en causa de Fe y Caridad, con tal que esto se haga según la doctrina
del Profeta, en Justicia, en Juicio, y en Verdad.
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